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martes, 10 de abril de 2012

La Reforma Laboral Española Condena a los Trabajadores a la Precariedad

POR VERÓNICA V. GONZÁLEZ Y ARNOLDO PIÑÓN
En España, el gobierno de Mariano Rajoy, del derechista Partido Popular, impulsó en febrero pasado -cuando aún no cumplía 50 días de iniciado-, una agresiva reforma laboral que abarata los costos de despido de trabajadores y que provocó, el pasado 29 de marzo, una huelga general y multitudinarias manifestaciones en las principales ciudades de la península.
 “Bienvenidos al infierno”, ironizan los sindicatos de esa reforma que flexibiliza el despido y permite, entre otras cosas, la reducción de salarios y el traslado de trabajadores, medidas que a juicio de especialistas se traducirá en una precarización laboral.
El aspecto más importante que contempla la nueva ley, es que en el caso de despido justificado la indemnización se reduce de 45 días de salario, a únicamente 20 por año, con un límite de 12 mensualidades. Para que esa nueva figura jurídica opere, la empresa deberá registrar una caída en sus ingresos durante tres trimestres.
Sólo en el caso de que el despido sea improcedente, el trabajador tendrá derecho al pago de una indemnización de 45 días por año de antigüedad o trabajado. Incluso en el caso de salarios caídos, únicamente se liquidarán cuando la empresa pierda la demanda y acepte que el trabajador sea reinstalado en su puesto.
De acuerdo con la UGT -una de las dos centrales obreras españolas-, la reducción de posibilidades para que los trabajadores tengan derecho al pago de los salarios caídos -que en la práctica se traduce en la desaparición de esa figura-, “es uno de los elementos más perjudiciales para los trabajadores de la reforma”, de acuerdo con información publicada por el influyente diario El País.
En el supuesto que el despido sea improcedente, la empresa debe reinstalar o indemnizar al trabajador en cinco días. En caso de que no opte por ninguna de las dos posibilidades, procede la reinstalación, la que también es procedente cuando el despido sea nulo, para lo cual el trabajador tendrá derecho a recibir los salarios caídos desde la fecha en que fue dado de baja hasta que sea notificada la sentencia correspondiente.
En el caso de que la empresa opte por la indemnización, no existe la obligación del pago de los salarios caídos.
La casi desaparición del pago de los salarios vencidos, abaratan el despido, por lo que la reforma derechista tiene el agravante que desapareció lo que se denominaba despido exprés, el cual debía ser negociado con intervención de las autoridades laborales, lo que le permitía al trabajador -como en el caso de nuestro país- tener la certeza que la indemnización sería bastante aceptable. Así, en la actualidad un juicio laboral largo, al que más afecta es al trabajador.
Hasta antes de la reforma, la empresa en 48 horas posteriores al despido podía reconocer la improcedencia del mismo y consignar la indemnización, con la finalidad de detener la acumulación de los salarios caídos. A eso se le denominaba despido exprés.
Otro factor es que la indemnización por despido injustificado que era de 45 días por año de antigüedad con un máximo de 42 mensualidad, la reforma lo redujo a 33 días con un máximo de 24 mensualidades para todo tipo de despido, objetivo o disciplinario.
La reforma laboral española, considerada como profunda, allana también a las empresas el camino para los despidos colectivos, al eliminar la autorización previa, acorta los plazos para ejecutarlo y amplía las situaciones para que las industria se acojan a ese tipo de reducción de planilla, debido a que sólo tienen que justificar tres trimestres consecutivos de caídas de ingresos, sin necesidad de tener que pactar con los trabajadores.
En el caso de despidos colectivos, los trabajadores tendrán que recurrir al juicio, con el agravante que la empresa puede acogerse a los llamados ERE (expediente de regulación de empleo), los cuales hasta antes de la reforma las orillaba a buscar el acuerdo para evitar un considerable aumento en el costo por indemnización.
Para los especialista en derecho laboral, la eliminación de la autorización previa se traducirá en un aumento de juicios, con el riesgo de que el juicio respectivo se prolongue durante meses en contra de los intereses de los trabajadores, los cuales ya no tendrán prácticamente posibilidades de reclamar el pago de salario caídos y vencidos, como ocurre en actualidad en la legislación mexicana.
El despido mediante la figura del ERE podrá aplicarse también en la administración pública. “Se está hablando de reducir la estructura de la administración, eliminar empresas públicas. Y eso lo facilita”, cita El País a Mari Cruz Elvira de la central obra CC OO.
Incluso a través de ERE temporales, se permite la reducción de la jornada. En ese mismo tenor, la empresa puede avisar a sus trabajadores con 15 días de anticipación y de manera unilateral, la modificación de la jornada, el horario y las funciones y por supuesto disminuir los salarios. Los que no estén de acuerdo tienen dos opciones: ser despedidos con una indemnización reducida, o recurrir al juicio con la lejana esperanza de incorporarse nuevamente a su plaza con el correspondiente pago de salarios caídos.
La reforma permite a los empresarios también decidir el traslado de trabajadores sin necesidad de tener que justificarlo -antes de la reforma era necesario justificarlo-.
Como consecuencia de esa reforma, el 29 de marzo España enfrentó una huelga general convocada por las dos centrales obreras más importantes UGT y CC OO., y amenazaron al gobierno español con un conflicto social creciente. Cálculos posteriores estimaron en unos 800 mil manifestantes que participaron en distintas ciudades de la península ese día, exigiéndole a Rajoy marcha atrás.
La reforma laboral española, impulsada en una de las más severas crisis económicas que enfrenta la Península, permite concluir que para la derecha, los efectos de las crisis económicas deben recargarse fundamentalmente sobre los hombros de los trabajadores. La experiencia de los trabajadores españoles podría trasladarse a sus homólogos mexicanos, aunque ciertamente aquí no existe una crisis económica tan severa, pero quizá aquí cabría el refrán “cuando veas las barbas de tu vecino rasurar pon las tuyas a remojar”. En nuestro país, en los últimos tiempos el PAN ha insistido en la necesidad de definir la reforma laboral, bajo el argumento de impulsar la creación de nuevos empleos especialmente para los jóvenes, mediante, entre otras cosas, de reducir los costos de despido y permitir la contratación por horas. Valdría la pena preguntar qué pasaría si la reforma laboral aprobada por los legisladores mexicanos tuviera repercusiones similares en el sector obrero, ¿serían capaces los enquistados líderes sindicales de defender a sus representados, tendrán la misma capacidad de convocatoria?….es sólo una reflexión, la mejor opinión la tiene el lector.
PARA LA AGENDA
En la lista de comisionados con goce de sueldo del comité ejecutivo nacional del SNTISSSTE, hay un considerable número de aviadores, los cuales ni son dirigentes sindicales ni tampoco realizan actividades de apoyo, ya que reciben su salario sin desquitarlo. No sólo hay esposas, esposos, hijas, hijos, hermanos, compadres, amigos e incluso parientes lejanos como en el caso de los García Culebro. Por excesos como este, el sindicalismo mexicano se encuentra totalmente desprestigiado… Por cierto, el 25 de febrero de 2004, Francisco García Culebro le envió una extensa carta a Joel Ayala Almeida en el que le reprocha haberlo sustituido de la Vocalía de FOVISSSTE. En el último párrafo le dice: “creo firmemente en la lealtad y la disciplina sin dobleces, pero sobre todo en la dignidad y la amistad misma que te refrendo sin limitantes”… Guadalupe Murillo, quien junto con José Luis Rodríguez Camacho y Roberto Ruvalcaba Reyna firmó los nuevos profesiogramas que endurecieron los requisitos de ascenso en la rama médica, paramédica y afín el año pasado, dice, en cuanta oportunidad se le presenta en su natal Veracruz, que es ella la real opción a la dirigencia nacional del SNTISSSTE y que para ello cuenta con el aval de quien debe… En una de las primeras giras de trabajo que José Luis Rodríguez Camacho realizó por la sección uno “oficinas centrales”, acompañado del secretario general, Hilario Ramírez Chávez, un trabajador le gritó que era “un vendido con la autoridad”, porque dijo que los ceses se realizan ante la indiferencia de los dirigentes sindicales…

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